El GAD GADPR AMBUQUI, dando cumplimiento a la ley Orgánica de Participación Ciudadana. Art. 88.- Derecho ciudadano a la rendición de cuentas.- Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual o colectiva, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatoriano y montubio, y demás formas lícitas de organización, podrán solicitar una vez al año la rendición de cuentas a las instituciones públicas o privadas que presten servicios públicos, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público, así como a los medios de comunicación social, siempre que tal rendición de cuentas no esté contemplada mediante otro procedimiento en la Constitución y las leyes.
| Descripción | Archivo |
|---|---|
| MEMO ANEXO 3 | DESCARGAR |
| DELEGACION ANEXO 2 | DESCARGAR |
| DELEGACON ANEXO 1 | DESCARGAR |
| PREGUNTAS CIUDADANAS | DESCARGAR |
| RESOLUCIONES | DESCARGAR |
| Acta | DESCARGAR |
| REGISTRO DE ASISTENCIA | DESCARGAR |
| MAPEO DE ACTORES | DESCARGAR |
| RESPUESTA SOLICITUD | DESCARGAR |
| Solicitud de Información | DESCARGAR |
| Hoja Ruta | DESCARGAR |
| Convocatoria | DESCARGAR |